JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-


Carúpano, 09 de Junio del 2.005.
195° y 146°.

Vista la solicitud presentada por el DEFENSOR PUBLICO de este Circuito Judicial del Estado Sucre, Abogado Rafael Izquierdo, por medio de la cual solicita de este Tribunal la MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACION EN FAMILIA DE ORIGEN, en beneficio de la adolescente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 126 literales “I” de la LOPNA, vistos sus anexos y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. En merito a todo lo expuesto, tomando en cuenta la premisa fundamental de la doctrina integral cual es el interés superior del niño y del adolescente, consagrado en el Artículo 3 numeral 1 y 2 de la Convención sobre los derechos del niño, en concordancia con el artículo 78 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, 7, 8, y 278 de la LOPNA. Se ordena citar a las ciudadanas ZORAIDA DEL CARMEN ROMERO PEREIRA Y LUZ MARINA MACHADO y se ordena hacer comparecer a la adolescente para ser oída. Igualmente se ordena notificar al Fiscal Cuarto del Ministerio Público y se comisione al equipo multidisciplinario de este Tribunal a los fines de que practique informe social e Informe Psicológico a las partes y se decreta Medida Provisional en Colocación Familiar en Familia de Origen a la referida adolescente, en el hogar de la ciudadana ciudadanas ZORAIDA DEL CARMEN ROMERO PEREIRA. La audiencia de juicio se declara dentro de los días siguientes a que todas las pruebas y diligencias consten en autos, por cuanto es una preparación del juicio como lo establece los artículos 318 y 322 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el requerido podrá proponer al Juez dentro de los tres días siguientes a su citación las pruebas que pretenda. Asimismo se exhorto al Juzgado Distribuidor de Protección del Niño y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Librense boletas. Cúmplase lo ordenado.-

ABG. AZUCENA MATA DE ZABALA,
JUEZ DE PROTECCION-SALA DE JUICIO.


LA SECRETARIA,
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ.

EXP. N° 4108.-
AMZ/pdm/am.-