REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
De la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
195º Y 146º

Visto lo expuesto por las partes en la presente causa por Revisión de Obligación Alimentaria, en su comparecencia de fecha 27-06-2005, ciudadanos CARMEN XIOMARA FIGUEROA y ALBERTO JOSE FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.947.168 y V-6.205.703, respectivamente, en su condición de padres del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que riela al folio 21, en la cual manifiestan que por cuanto hubo una reconciliación entre ellos, DESISTEN del presente procedimiento.

El Tribunal observa:

Establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:

“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad de consentimiento de la parte contraria”
Por su parte el artículo 265 eiusdem dice:

“El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento, pero si el desistimiento, se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria”

Dispone el Artículo 266 eiusdem:

“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa (90) días”



De lo expuesto por las partes ciudadanos: CARMEN XIOMARA FIGUEROA y ALBERTO JOSE FERNANDEZ MANRIQUEZ, anteriormente identificados, y atendiendo lo establecido en las normas antes transcritas y por cuanto manifiestan los referidos ciudadanos que desisten de seguir con el procedimiento, es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sala de Juicio, Sede Cumaná, bajo decisión de la Juez Nro. 2, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, presentado por los ciudadanos: CARMEN XIOMARA FIGUEROA y ALBERTO JOSE FERNANDEZ MANRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.947.168 y V-6.205.703, respectivamente, en su condición de padres del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia precédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminada la presente causa.

Se ordena el cierre de la causa y el archivo del expediente.. Así se decide.- Cúmplase.-

Déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en al Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los veintiocho (28) días del mes de junio del año Dos Mil Cinco (2005.) CUMPLASE.- El Juez (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La secretaria (fdo) Abogada HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los veintiocho (28) días del mes de Junio del año Dos Mil Cinco (2005). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Secretaria


Abg. HAYARIT RODRIGUEZ




Sentencia Interlocutoria: Desistimiento
Causa: revisión de Obligación Alimentaria
Parte demandante: Carmen Xiomara Figueroa
Parte demandada: Alberto José Fernández
MEG/mariela
TP2-2212-05