REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
195º Y 146º

Cumaná, 14 de Junio del 2005.

Vista la solicitud y recaudos anexos presentados por la ciudadana YURAIMA DEL VALLE HENRIQUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.647.985, domiciliada en la Avenida Cancamure, casa N° 22, Cumaná, Estado Sucre, debidamente asistida de la Abogada MARIA ORTIZ LOPEZ, Defensora Pública (S) en Materia de Protección de Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, actuando en nombre y representación de su hija Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. de doce (12) años de edad, en el que solicita autorización, a los fines de tramitar el pasaporte a favor de su hija antes identificada, por cuanto tiene previsto viajar con ella al extranjero, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, este Tribunal la admite por no ser contraria a la moral, buenas costumbres o alguna disposición de Ley, En consecuencia AUTORIZA, a la ciudadana YURAIMA DEL VALLE HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.647.985, domiciliada en la Avenida Cancamure, casa N° 22, Cumaná, Estado Sucre, en su condición de madre y representante legal de la adolescente Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a efectuar los trámites respectivos ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), para que se expida pasaporte a favor de su hija Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y al retiro del mismo. CUMPLASE.-.
El Juez Nº 2,

Abg. MARIA EUGENIA GRAZIANI
La Secretaria,

Abg. HAYARIT RODRIGUEZ

La presente sentencia se publicó en su fecha, siendo las 10:30 a.m.-

La Secretaria,

Abg. HAYARIT RODRIGUEZ

Exp. TP2-401-05
SOLICITANTE: YURAIMA DEL VALLE HENRIQUEZ
EXPEDICION DE PASAPORTE
MEG/milagros.-