REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO
Cumaná, diez (10) de Junio del dos mil cinco (2005)
195º y 146º
Vista la solicitud que por Prestaciones sociales (Obligación Alimentaria), ha sido introducida ante este Tribunal, por el ciudadano: PABLO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.080.205, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio CARLOS LUGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.661, y visto el contenido del pedimento al respecto este Tribunal observa que curso ya por ante este despacho expediente N° 298-05 el cual trata sobre el mismo contenido, pedimento y el mismo solicitante entiéndase que hay mismo objeto, pretensión y partes, y siendo que bajo decisión de este Juez N° 1 de esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en fecha veinticinco (25) de abril del dos mil cinco (2005) se declaro INADMISIBLE el petitorio antes señalado e igualmente cursó por ante esta Sala de Juicio Solicitud N° 311-05 presentada por el ciudadano PABLO GONZALEZ en el cual solicita la suspensión de la media que pesa sobre sus Prestaciones sociales con respecto a su hijo mayor de edad PEDRO JOSE GONZALEZ FERNÁNDEZ, en el cual este Tribunal en fecha dos (02) de Mayo del presente año, se declaró incompetente para seguir conociendo la presente causa y declino la competencia a un Tribunal de Primera Instancia en lo Civil de este Circuito Judicial. Es por lo que la presente causa es COSA JUZGADA. En consecuencia, se ordena el cierre y el archivo del mismo.-Y así se decide.-
El Juez N° 1,
Abg. Jhoan Cárdenas M.
El Secretario,
Abg. José Ramón Yeguez
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
El Secretario,
Abg. José Ramón Yeguez
Exp.: N° TP1-381-05
Prestaciones Sociales
Solc: GONZALEZ PABLO.
JCM/JRY/dyss
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