REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO
Cumaná, 01 de junio de 2005
195º y 146°


En cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de la pieza principal, se abre el presente CUADERNO DE MEDIDAS, a los fines de proveer en relación a lo dispuesto en los artículos 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Protección conforme a la citada Ley y al Código Civil, establece como Medidas Provisionales las siguientes:

PRIMERO: LA PATRIA POTESTAD: Será ejercida por ambos padres ciudadanos: ENRIQUE LUIS ANDRADES GÓMEZ y YSAURA GONZÁLEZ.-

SEGUNDO: LA GUARDA, será ejercida por la madre ciudadana: YSAURA MARÍA GONZÁLEZ.-
TERCERO: REGIMEN DE VISITAS: El padre tendrá un régimen de visita amplio y suficiente en beneficio de nuestros hijos.-

CUARTO: LA OBLIGACIÓN: el padre se compromete aportar la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000.00) mensuales, por concepto de obligación Alimentaria-

Estas Medidas Provisionales se mantendrán hasta que concluya el juicio, salvo que la parte demandada ciudadana: YSAURA MARÍA GONZÁLEZ, manifieste lo contrario, caso en el cual habrá contención y se seguirán los procedimientos previstos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para regulación de cada una de las Instituciones Familiares, abriéndose los respectivos Cuadernos de Medidas, sirviendo el presente cuaderno para la regulación de una de ellas.-
El Juez Suplente N° 1


Abg. MILAGROS OTERO
El Secretario
Exp N° TP1-2092-05
MO/luisa.-