REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE – GUIRIA

Güiria, 07 de junio de 2005
195° y 146°
Vista el acta que antecede, levantada por este Juzgado en fecha 27-05-05; donde los ciudadanos SORIA ISABEL CAÑAS PEREIRA, parte demandante y MIGUEL CELESTINO MENDEZ, parte obligada, llegaron a una conciliación, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos por ellos en el presente juicio, en consecuencia éste Tribunal del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la conciliación de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescentes, en concordancia con los Artículos 261 y 262, ambos del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente juicio y se ordena el ARCHIVO del expediente. Así se decide. Cúmplase.-
EL JUEZ,

AB. GABRIEL ANGEL BONILLA M.

LA SECRETARIA,

DAMELIS BETANCOURT BRITO

GABM/Yrynés Lemus de Malaver.-
Asistente.-
Exp: 1074-05