JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANA, SIETE (07) DE JUNIO DE DOS MIL CINCO (2005).
195° y 146°
Vista la diligencia de fecha dieciocho (18) de mayo de dos mil cinco (2.005), formulada por la Ciudadana IREVIS VÁSQUEZ MARVAL, Abogada en Ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.895 y de este domicilio, actuando en su carácter acreditado en autos, en la cual solicita a esta autoridad se sirva levantar la Medida de Embargo que se practicó sobre los bienes de la Panadería “EL GRAN PAN ISLEÑO “. En virtud, de que el ciudadano Ramón Casanova Ramos, cancelo las prestaciones sociales y demás beneficios legales del ciudadano Jesús Manuel Martínez, de acuerdo a lo establecido en la Transacción realizada en fecha catorce (14) de Diciembre de dos mil cuatro (2004), por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Montes y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. Así mismo solicita se de por terminado el presente juicio y se archive el expediente; y habiéndosele dado cuenta al Juez de su contenido, se acuerda en conformidad. En consecuencia por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho este Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación y ordena el archivo del expediente. Igualmente ordena levantar la Medida de Embargo practicada en fecha catorce (14) de diciembre de dos mil cuatro (2.004), que pesa sobre los bienes muebles embargados de la parte demandada. En consecuencia, acuerda oficiar al Representante Legal de la Depositaria Oriental del Faro C.A ( ORFACA), librándose a tal efecto oficio.-
La Juez Prov.
NANCY BLANCO MATAMOROS
La Secretaria
MARIA RODRIGUEZ
NBM/MR/MEF.-
Exp. No. 3824.-
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