CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE
Carúpano, 06 de junio de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2004-000106
ASUNTO: RP11-D-2004-000106


AUDIENCIA ESPECIAL POR INCUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA

En el día de hoy, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial en el presente Asunto; se Constituyó en la Sala de Audiencia N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano; el Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente, conformado por el Juez Abg. Sergio Sánchez Díaz y la secretaria de Sala Abg. Maria Vásquez. A tal efecto se verificó la comparecencia de las partes, encontrándose presentes La Fiscal Sexta ( A) del Ministerio Público, Abg. Deyanira Hernández y la Defensora Pública Abg. Lisbeth Marcano Milano, el Sancionado Adolescente Omissis y su representante legal Flor de Maria Valera, a los fines de celebrarse la audiencia especial fijada para esta fecha, conforme al articulo 483 del COPP, por remisión expresa del articulo 537 de la LOPNA. Acto seguido se le otorga la palabra al adolescente OMISSIS, y expone: Yo no pude venir porque estaba en caracas, me fui por un problema con la mujer de mi papa, y me fui por mi cuenta, mi mamá me dijo para dar la cara, como mi mujer está paria la tengo que ayudar también, por eso me fui. Se le cede la palabra a la defensa: Escuchada la justificación de mi defendido de su incumplimiento a la medida solicito de este Tribunal que la misma sea ratificada y que se le de lectura al nuevo cómputo de su sanción, y se me expidan copias simples. Acto seguido se le cede la palabra a la fiscal: La decisión queda de parte suya, ya que ustedes son los que han estado opinando, pero vista la solicitud de su defensora, ratifico el contenido de la misma. Acto seguido el Juez cede la palabra a la representante de nombre Flor de Maria Valera, titular de la cédula de identidad N° 10.864.341, residenciada en la misma residencia del adolescente y expone: Me comprometo como su mamá, me siento en la obligación de traerlo, yo voy a estar aquí, con tiempo me dan la fecha para pedir permiso en mi trabajo. . Acto seguido el juez toma la palabra y expone: Cumplida como, han sido las formalidades legales para la celebración de esta audiencia. Oída los motivos y razones por parte del sancionado, así como lo manifestado por la defensora pública y de lo cual se ha adherido la Representante del Ministerio público e igualmente escuchado el compromiso de la representante del adolescente, se observa que ciertamente ha habido un incumplimiento por parte del sancionado Omissis, el cual ha quedado debidamente justificado en esta sala, lo que es procedente es ratificar la medida de libertad asistida y se realiza un nuevo cómputo por lo que en consecuencia este Tribunal de Ejecución en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 administrando justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: Se ratifica la medida de libertad asistida impuesta por el Juzgado Cuarto de Ejecución de la sección adolescentes del Circuito Judicial penal del área metropolitana de Caracas, por el periodo de un mes y 19 dias, lapso este durante el cual deberá recibir las orientaciones psicológicas y sociales por parte d el equipo técnico adscrito a esta sección adolescentes, con entrevistas consecutivas una vez al mes. Segundo: Conforme a lo dispuesto el el articulo 482 del COIPP por remisión expresa del articulo 537 LOPNA se ordena la realización de un nuevo cómputo, en consecuencia la medida d e libertad asistida deberá cumplirla el prenombrado sancionado desde el dia de hoy 6-06-2005 hasta el dia 25 de junio del presente año. Ofíciese al equipo técnico d e esta sección de adolescentes. Es todo. Quedan notificadas las partes presentes en este acto. Es todo, Terminó, Se leyó y conformes firman.-
El Juez de Ejecución


Abg. Sergio Sánchez Díaz




La Fiscal Sexta (A) del M.P La Defensora Pública

Abg. Deyanira Hernández Abg. Lisbeth Marcano



El acusado y Su representante legal



La Secretaria de Sala El Alguacil

Abg. Maria Vásquez