REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

ACTA DE INHIBICIÓN

Quien suscribe, Abg. YOMARI J. FIGUERAS MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 10.947.195, de este domicilio, actuando con el carácter de Juez Segunda de Control de responsabilidad penal del adolescente del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, procedo a plantear la inhibición para el conocimiento de la causa RP01-D-2005-000118, seguida Al adolescente XXXXXXXXXXXXXX por su presunta participación el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, quien fue puesto a la orden de este tribunal el día de hoy 06-06-05 por la fiscalía sexta del Ministerio Público a los fines de realizar la audiencia oral de presentación de detenidos y una vez ingresadas las actuaciones al revisarlas y proceder a realizar el acto, observo que el imputado es hijo de la Sra. XXXXXXXXXX, a quien conozco y trato desde hace muchos años toda vez que la misma creció y habitó en el barrió el Rincón de Caiguire, lugar donde crecí y aún habitan mis familiares cercanos, aunado al hecho que el tío del imputado es esposo de mi hermana, con la cual procreó dos hijos y aunque están separados de hecho, aún mantienen el vínculo de afinidad, es por lo que considero que es motivo para INHIBIRME de conocer de la RP01-D-2005-000118, por lo tanto a través de la presente acta manifiesto mi inhibición con el fin de garantizar una sana Administración de Justicia e imparcialidad en el presente asunto , fundamentando mi inhibición de conformidad a lo establecido el articulo 86 Ord. 4 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal.; A los fines del conocimiento de la incidencia que ello origina se ordena remitir anexo oficio la presente acta, previa certificación en autos a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal. Así mismo, conforme con lo establecido en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda remitir junto con oficio el expediente causa No. RP01-D-2005-000118, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal a los fines de su nueva Distribución.

LA JUEZ INHIBIDA
Abg. Yomari J. Figueras M
JUEZA SEGUNDA DE CONTROL ADOLESCENTES