REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 20 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000155
ASUNTO : RP01-P-2004-000155
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 30 de mayo de 2.005, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, actuando como Tribunal Mixto, mediante la cual Decretó por consenso ABSOLVER POR UNANIMIDAD al acusado RAMON CELESTINO ASCAINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.784.954 y residenciado en el Sector Las Torres, vía Limonar, Parroquia Raúl Leoni, Estado Sucre Y CECILIA JOSEFINA NARANJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.193,914 y el Sector Las Torres, vía Limonar, Parroquia Raúl Leoni, Estado Sucre los cargos fiscales por la comisión de del Delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPOCAS, previsto y sancionados en el artículo 34 de la Ley SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPOCAS en Perjuicio de la COLECTIVIDAD. En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA, en consecuencia Ejecútese y Archivase la mencionada Sentencia ABSOLUTORIA de los ciudadanos RAMON CELESTINO ASCAINO Y CECILIA JOSEFINA NARANJO, identificados anteriormente a los fines de su Guarda y Custodia y posterior envío al Archivo Judicial. Notifíquese a las Partes.
La Juez Segunda de Ejecución
Abg. Florvidia Perdomo Frontado
El Secretario
Abg. Jesús Milano Savoca