REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Cumaná, 20 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2003-000023
ASUNTO : RL01-P-2003-000023


Revisada la causa, donde se puede evidenciar que los penados Abrahán José Marín Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.886. y en virtud de que los exámenes son necesarios para optar a alguna fórmula alternativa de cumplimiento de pena y observando que ya ha transcurrido el tiempo necesario; es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución: Acuerda ordenar practicarle Reconocimiento Psicológico y Social al ciudadano Abrahán José Marín Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.886. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná, para que gestione lo necesario para la realización de dichos exámenes para otorgar un Beneficio y una vez obtenido los resultados los remita a este Despacho. Todo de conformidad con los artículos 479 y 501, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Pena; de igual manera se acuerda solicitar a la Junta de Conducta del Internado Judicial de Cumaná, la certificación de la conducta del penado y así mismo se oficia a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia a los fines y recabar la carta de antecedentes penales del referido penado. Ofíciese lo conducente. Es todo. Cúmplase.

La Juez Segundo de Ejecución

Abg. Florvidia Perdomo Frontado

El Secretario
Abg. Jesús Milano