REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Cumaná, 20 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2003-000001
ASUNTO : RJ01-P-2003-000001


Revisada la causa, donde se puede evidenciar que los penados JESUS ALBERTO AYALA RUIZ, EVARISTO DIAZ Y GERARDO PORRAS CARTAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 14.885.697, 12.429.571 y 6.335.266 respectivamente y en virtud de que los exámenes son necesarios para optar a alguna fórmula alternativa de cumplimiento de pena y observando que ya ha transcurrido el tiempo necesario; es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución: Acuerda ordenar practicarle Reconocimiento Psicológico y Social a los ciudadanos JESUS ALBERTO AYALA RUIZ, EVARISTO DIAZ Y GERARDO PORRAS CARTAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 14.885.697, 12.429.571 y 6.335.266 respectivamente. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná, para que gestione lo necesario para la realización de dichos exámenes para otorgar un DESTACAMENTO DE TRABAJO y una vez obtenido los resultados los remita a este Despacho. Todo de conformidad con los artículos 479 y 501, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Pena; de igual manera se acuerda solicitar a la Junta de Conducta del Internado Judicial de Cumaná, la certificación de la conducta del penado. Ofíciese lo conducente. Es todo. Cúmplase.


La Juez Segundo de Ejecución

Abg. Florvidia Perdomo Frontado

El Secretario
Abg. Jesús Milano Savoca