REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Cumaná, 14 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000186
ASUNTO : RP01-P-2004-000186

Visto el oficio N° 0582 de fecha 13 de junio de 2005, emanado del Fiscal Primero del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, donde expone que de la revisión efectuada al auto en fecha 06 de mayo de 2.005,en la causa seguida al Penado FELIX MANUEL MAIZ, se aprecia error en el calculo de Ejecución de pena efectuado en lo cual se evidencia lo siguiente: Que el prenombrado penado, se encuentra detenido desde el día 22-08-04 hasta el día 06-05-05, tiene detenido OCHO (08 MESES Y DIECISIETE (17) DIAS; esto es lo que se aprecia en el auto de ejecución y una vez realizadas las distintas operaciones se evidencia que el tiempo real de detención es de OCHO (08) MESES Y CATORCE (14) DÍAS. Ahora bien vista la corrección de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a subsanar el error en el cual el Tribunal al momento de sacar el computo de pena cumplida. En virtud de que el ciudadano FELIX MANUEL MAIZ, se encuentra detenido desde el 22-08-04 hasta el día 06-05-05, fecha en la cual se efectuó el computo y efectuada las operaciones de rigor resulta un tiempo de pena cumplida de OCHO (08) MESES Y CATORCE (14) DÍAS, por lo tanto el error en la cual había incurrido el Tribunal es que al señalar DIECISIETE (17) DIAS DEBIÓ SEÑALAR CATORCE (14) DIAS, siendo correcto que el tiempo que lleva detenido el penado es de OCHO (08) MESES Y CATORCE (14) DÍAS, que es el correcto; hecha esta corrección y tal como lo señala el Fiscal del Ministerio Público y una vez sumado resulta una pena total cumplida de OCHO (08) MESES Y CATORCE (14) DÍAS. En virtud de esta correccional penado FELIX MANUEL MAIZ, le falta por cumplir la pena hasta el 06-05-05 de DOS (02) AÑOS, UN (01) MES y CATORCE (14) DIAS que vence el 20 de JUNIO de 2.007. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencia de la corrección efectuada, a la defensa y al penado. Es todo. Cúmplase.




La Juez Segundo de Ejecución

Abg. Florvidia Perdomo Frontado

El Secretario

Abg. Jesús Milano Savoca