REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Visto el escrito de solicitud presentado por ante este despacho por el director del internado Judicial de Cumaná, Abg. Argenis Rodríguez donde solicita a este despacho la autorización para trasladar del 16 al 20 de junio al acusado Rivero Jiménez Ángel Rafael, titular de la cédula de identidad N° 14.596.806, hacia el internado Judicial la Pica, Estado Monagas a los fines de que el mismo participe en los Juegos de Fútbol de Salón. Revisadas la actas procesales que conforman el presente expediente se desprende de las misma que en fecha 02-06-2005 Fue ordenado por este Tribunal el traslado del acusado de autos hasta este Tribunal para el día 03-06-2005 a los fines de imponerlo de las actuaciones procesales, Quien a su Vez revocó el nombramiento del abogado Germán Ramírez para seguir con la defensa del Abg. Hernán Ortiz, Fijando el Tribunal en esa misma oportunidad la Fecha para la Realización del Juicio Oral y Público siendo el Día 15-06-2005, a las 2:30 PM. Por todos estos razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Tercero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR la solicitud de traslado considerando que para el día 15-06-2005 se ha fijado el Juicio Oral y Público seguido al mencionado acusado.
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO
Abg. SAMER ROMHAIN LA SECRETARIA.
Abg. FABIOLA BAUZA.