REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

Visto el escrito suscrito por la Abogada MARIUSKA GABALDON ROJAS Quien actúa en su carácter de Fiscal Auxiliar Quinta del Ministerio Público y visto igualmente el contenido del mismo, donde remite ante este Juzgado Certificado de Acta de Defunción del Ciudadano JONATHAN RAFAEL ASTUDILLO RENGEL, titular de la cédula de identidad N° 18.775.858, para que dichos recaudos surtan sus efectos legales, este Tribunal observa que se ha consignado una Copia Simple del Certificado de defunción y en auto de fecha 27 de Octubre de 2004 le fue solicitada a esa Representación Fiscal el ACTA DE DEFUNCION del acusado Jonathan Rafael Astudillo Rengel para que este Juzgado procediera a dictar la Decisión correspondiente en el presente Expediente, y por cuanto no consta en autos la consignación del ACTA DE DEFUNCION se ordena librar oficio a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público a los fines de que practique las diligencias necesarias para que sea consignada dicha Acta y constatar de manera efectiva el fallecimiento del mencionado acusado. Por todo lo antes expuesto es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del Primer Circuito Judicial penal del Estado Sucre administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA librar Oficio a la Fiscalía Quinta del ministerio Público. CUMPLASE.-
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO
ABG. SAMER ROMHAIN. LA SECRETARIA
ABG. FABIOLA BAUZA