Visto el escrito presentado por ante e este Juzgado por la profesional del derecho, Abogada ALEXANDRA MENDOZA, quien actúa en su carácter de defensora Privada del acusado Héctor González Roa, titular de la cédula de identidad N° 4.112.489, a quien se le sigue causa por los delitos de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Previsto y Sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Agavillamiento Previsto y Sancionado en el Artículo 287 del Código Penal donde expone y solicita: “Solicito muy respetuosamente se sirva oficiar al director del penal a los fines de que se sirva enviar a este despacho toda la correspondencia o exámenes médicos que le hayan sido practicados a mi defendido incluyendo el informe médico suscrito por el cardiólogo Dr Whadih, que le fuere efectuado al mismo como consecuencia de su hospitalización reciente…Igualmente solicito documentación, records o registros de dicho traslado (31 de Mayo de 2005) donde se deje constancia que galeno lo atendió y las causas…
Este Tribunal Observa:

En fecha 31 de Mayo de 2005 este Tribunal procedió a la continuación del Juicio oral y Público donde el ciudadano Héctor Gonzalo Roa es acusado por la comisión de los delitos antes mencionados oportunidad esta en la que se suspendió ya que el mencionado acusado presento afección de salud en la sala de Juicio N° 4, siendo solicitada la rápida asistencia médica al servicio de paramédicos de cumaná, informando el sargento que dirigía la unidad que el mencionado acusado debía ser trasladado al Hospital Antonio Patricio Alcalá a los fines de la practica de los respectivos exámenes médicos para determinar la causa de la afección médica manifestada; al efecto este tribunal libró el respectivo oficio ordenando el inmediato traslado a dicho centro médico asistencial. Es por lo que este Tribunal Tercero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara con Lugar la solicitud de la abogada Alexandra Mendoza y ordena oficiar al director del Internado Judicial con sede en cumaná a los fines de que sean remitidos a este Juzgado el Informe Médico del traslado realizado el día 31-05-2005 del acusado Héctor Gonzalo Roa, e igualmente ordena sea trasladado el día 07-06-2005 A LAS 07:00 AM, hasta la Medicatura Forense con sede en cumaná a los fines de practicarle una evaluación médica, y sea reingresado ese mismo día al internado Judicial. Traslado que deberá realizarse con extremas medidas de seguridades del caso. Líbrese lo conducente.
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO

Abg. SAMER ROMHAIN LA SECRETARIA.

Abg. FABIOLA BAUZA.