REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 17 de Junio del 2005.
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-000054
ASUNTO : RP01-P-2005-000054
Visto el escrito presentado por la Dra. ELIZABETH BETANCOURT PEÑA en su carácter de Defensora Pública Penal del imputado: OMAR JOSE SERRANO en donde le solicita a este tribunal estudie la posibilidad de acordarle a su representado la extensión de sus presentaciones por ante la Población de Chacopata del Municipio Cruz Salmerón Acosta, por cuanto el mismo ha manifestado carecer de recursos económicos, haciéndosele difícil comparecer a este circuito judicial a cumplir con las presentaciones impuestas; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el presente escrito de solicitud y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa hacer el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Este Tribunal observa que efectivamente el imputado: OMAR JOSE SERRANO está sometido a un régimen de presentación cada Ocho (8) días ante la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 Ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, acordada por este tribunal en fecha: 01-02-05 por el delito de: Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y al verificarse en el sistema automatizado el control de sus presentaciones, se constata que el imputado de autos, ha venido cumpliendo a cabalidad con su régimen de presentaciones.
SEGUNDO: Ahora bien, por el fiel cumplimiento a las condiciones impuesta por este tribunal al imputado antes nombrado, el mismo se hace acreedor del traslado de sus presentaciones a la Población de Chacopata del Municipio Cruz Salieron Acosta del Estado Sucre, por lo tanto lo ajustado a derecho es declarar procedente la solicitud planteada por la Defensa Pública. Y ASÍ DE DECLARA.
TERCERO: Por todos los razonamientos antes expuestos; es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le Acuerda al imputado: OMAR JOSE SERRANO Venezolano, mayor de edad, soltero, Portador de la Cédula de Identidad Nro V-14.815.077 y residenciado en el caserío el Rincón del Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, el traslado de sus presentaciones cada Ocho (8) días hacia la Población de chacopata del Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre. Líbrese Oficio al Coordinador de la Unidad de Alguacilazgo. Oficio al Prefecto de la Población de Chacopata del Municipio Cruz Salmerón Acosta. Boletas de Notificación a la Fiscal Décima Primera del Ministerio Público, a la Defensa Pública Penal Abg Elizabeth Betancourt Peña y al imputado de autos. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg Sonia Alfaro.
1.805-2.005. BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO “.