REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO : RJ01-S-2003-000258
Visto y analizado el escrito presentado por la Abogada CRICELDA ROCAFUERTE, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Pública donde solicita
“…Se estudie la posibilidad de pronunciarse por separado las audiencias realizadas en la causa RJ01-S-2003-000258, donde aparece como victima la ciudadana LEONOR MEDINA en virtud que no posee los recursos económicos y no tiene defensor “
En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control una vez revisada la acusación fiscal, las notificaciones y resultas que cursan en el expediente se evidencia que se trata de solicitud de motores de fuera de borda la cual esta siendo reclamados por los ciudadanos LEONOR MARIA MEDINA DE RAMIREZ, LUIS BELTRAN RODRIGUEZ JIMENEZ, LUIS NATIVIDAD RODRIGUEZ, LUIS JOSE RUIZ Y ONEIDA JOSEFINA BALDAN, a quien se le ha librado a estos último las notificaciones correspondientes para que acudieran a la Audiencia oral, es el caso que si bien es cierto que pudiera proceder una separación de la causa no es menos cierto que existen cinco solicitantes y existen cinco motores de los cuales uno de ellos esta solicitando el mismo motor que esta reclamando la ciudadana LEONOR MARIA MEDIDA, circunstancia esta que hace difícil decidir, sin escuchar al otro solicitante a fin de determinar la propiedad de los bienes que se solicitan .
Por las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de control Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la ley decide NO SEPARAR DE LA PRESENTE CAUSA AL SOLICITANTE LEONOR MARIA MEDINA DE RAMIREZ, Notifíquese a las partes .Es todo
LA JUEZA PRIMERO DE CONTROL
ABOG. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA.
La Secretaria
Abg. ANA LUCIA MARVAL
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
La Secretaria
Abg. ANA LUCIA MARVAL