REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelación Penal – Cumaná
Cumaná, 17 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO N° RP01-R-2005-000117
JUEZ PONENTE: Cecilia Yaselli Figueredo
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado AMAURYS RIVERO, en su carácter de abogado asistente del imputado FEEL VALENTÍN ÁLAMO MÁRQUEZ, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 13 de enero de 2004, mediante la cual DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los imputados ENRIQUE JOSÉ JELLERETH FIGUEROA, ROSALIO DEL JESÚS SALAZAR GONZÁLEZ, JUAN VICTOR SALGADO BARCELÓ, JESÚS PASCUAL RAMÓN GÓMEZ, FEEL VALENTÍN ÁLAMO MARQUEZ, JOSÉ ANTONIO DE LA ROSA MALAVÉ, RAMÓN DEL VALLE GONZÁLEZ Y LUIS FELIPE BRAVO RENGEL, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, EXTORSIÓN Y LESIONES PERSONALES GRAVISÍMAS, previstos y sancionados en los artículos 278, 461, y 416 del Código Penal respectivamente, en perjuicio del ciudadano GABRIEL JOSÉ GONZÁLEZ.-
Recibidas estas actuaciones se dio cuenta de ello a la Jueza Presidenta, correspondiendo la ponencia por distribución automática a la Jueza Superior Cecilia Yaselli Figueredo, quien con tal carácter suscribe el presente fallo, y quien antes de decidir observa:
DE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO
Leído y analizado el escrito contentivo de la fundamentación del presente recurso de apelación, el cual lo hace el recurrente en el contenido del artículo 447 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, referente a las que causan un gravamen irreparable, salvo que sean declaradas inimpugnables por este Código, específicamente por la violación del ordinal primero del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como consta a los folios 4 al 8 ambos inclusive. Por otra parte riela al folio 23, el cómputo practicado por el secretario del Tribunal A quo, mediante el cual puede evidenciarse que el recurso ha sido ejercido dentro del lapso legal establecido para ello, de conformidad al artículo 448 ejusdem.
Así mismo se evidencia que, de conformidad al artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, las decisiones judiciales son recurribles por los medios y en los casos expresamente establecidos, y por cuanto el presente recurso tal y como ha sido expuesto, no se encuadra dentro de los literales establecidos en el artículo 437 Ibidem, en consecuencia se hace procedente es declarar su Admisión, Y ASI SE DECLARA.
Por otra parte considera esta Corte de Apelaciones que del contenido mismo de las actas procesales recibidas ante esta alzada, surgen elementos suficientes para formar criterio y poder emitir una decisión, por lo tanto no se hace necesario ni útil la realización de audiencia oral, contemplada en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado AMAURYS RIVERO, en su carácter de abogado asistente del imputado FEEL VALENTÍN ÁLAMO MÁRQUEZ, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 13 de enero de 2004, mediante la cual DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los imputados ENRIQUE JOSÉ JELLERETH FIGUEROA, ROSALIO DEL JESÚS SALAZAR GONZÁLEZ, JUAN VICTOR SALGADO BARCELÓ, JESÚS PASCUAL RAMÓN GÓMEZ, FEEL VALENTÍN ÁLAMO MARQUEZ, JOSÉ ANTONIO DE LA ROSA MALAVÉ, RAMÓN DEL VALLE GONZÁLEZ Y LUIS FELIPE BRAVO RENGEL, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, EXTORSIÓN Y LESIONES PERSONALES GRAVISÍMAS, previstos y sancionados en los artículos 278, 461, y 416 del Código Penal respectivamente, en perjuicio del ciudadano GABRILE JOSÉ GONZÁLEZ.-
Publíquese, regístrese y decídase en su oportunidad legal.
La Jueza Presidente (ponente),
DRA. CECILIA YASELLI FIGUEREDO
La Jueza Superior,
DRA. CARMEN BELÉN GUARATA
La Jueza Superior,
Dr. DOUGLAS RUMBOS RUIZ
El Secretario,
Abg. GILBERTO FIGUERA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El Secretario,
Abg. GILBERTO FIGUERA
CYF/lem.-