En el día de hoy, cuatro (04) de Julio del 2.005, siendo la oportunidad legal para que tenga lugar el Primer Acto Reconciliatorio, se abrió el acto y por cuanto la parte demandante no se hizo presente al mismo, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Marítimo y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, se declara Extinguido el proceso. Así se Decide. En consecuencia se da por terminado el mismo y se ordena el archivo del expediente. Asimismo se deja constancia de la presencia del Fiscal del Ministerio Público en el presente acto. -
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.

La Fiscal Cuarto de Familia (E).

Abg. Maralba Guevara

La Secretaria.

T.S.U. Francis Vargas.


SGDM/Fv/dr.
Exp. N° 14.532.