REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 06 DE JULIO DE 2005
195º y 146º


Vista la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS presentada conjuntamente por los ciudadanos MARILUZ DEL VALLE MAITA ORTIZ y ANIBAL JOSE BARRETO ASCANIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.498.977 y V-10.954.104, respectivamente; debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio y de este domicilio HILDAMELYS MARVAL, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 91.759. Y como quiera que la solicitud cumple con los extremos requeridos en el Articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a los hechos explanados en la misma, este Juzgado Procediendo en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA la SEPARACION DE CUERPOS de los mencionados cónyuges, conforme a lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO


LA SECRETARIA.,
Abog. ROSELY PATIÑO RODRIGUEZ


Exp. Nro 6221-05
YOdC/cm.-