En horas de Despacho del día de hoy veintidós (22) de Julio del año Dos mil cinco, siendo las diez de la mañana oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el Acto de Audiencia Oral en la Medida de Protección Colocación en Familia DE ORIGEN en el expediente signado con el N° 3.968 a favor de la niña, presidido por la Juez de Protección –Sala de Juicio Abg. Azucena Mata de Zabala, la Secretaria del Tribunal Abg. PETRA DEYANIRA MARQUEZ, verificada la presencia de las partes, encontrándose presentes el Fiscal Cuarto del Ministerio Público Abg. José Gregorio León Bejarano, los ciudadanos, MERVIS JOSE MARTINEZ URBANEZ Y DIAMARA RAMONA SANZONETTI DE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.11.442.920 y 14.O64.884, respectivamente domiciliados en la Calle el Tigre casa Nº 20, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en su carácter de progenitores del Niño, y la ciudadana LUISA MARGARITA SEU CASNEIRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.855.701, domiciliado en Calle El Tigre casa Nº 03, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Acto seguido se le cede la palabra a la representación Fiscal, quien expone: En vista de que están todos los recaudos exigidos por la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente igualmente el Informe Social realizado por la Trabajadora Social del mismo el cual resulto favorable a la Niña, es por ello que esta Representación Fiscal solicita muy respetuosamente a la ciudadana Juez se pronuncie con Lugar e n la Definitiva y le conceda a la mencionada Niña el beneficio de MEDIDA DE PROTECCION DE COLOCACION EN FAMILIA DE ORIGEN, es todo ello en pro del Interés Superior del Niño tal como lo establece la LOPNA, en su Articulo OCTAVO. Es todo. Seguidamente, manifestaron los padres de la Niña, ciudadanos MELVIS MARTINEZ Y DIAMARA SANZONETTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.442.920 y 14.064.884, domiciliados Calle El Tigre Nº 20, que están de acuerdo con la MEDIDA DE PROTECCION EN COLOCACION EN FAMILIA DE ORIGEN sobre su hija a su abuela LUISA SEU, seguidamente manifestó la ciudadana LUISA SEU, que no tiene ningún problema en seguir con su nieta y brindarle todo el cariño y darle todos los beneficios que necesite la niña. Es todo. En virtud de los anteriormente expuestos pasa a decidir dentro de los cinco días siguiente a los de hoy. Termino. Se leyó y conformes firman. La Juez de Protección –Sala de Juicio (fdo) Abg. Azucena Mata de Zabala La Secretaria (fdo) Abg. Petra Deyanira Márquez. Los solicitantes (fdo). La Representación Fiscal (FDO).- Las partes (fdos).-
ABG. AZUCENA MATA DE ZABALA
JUEZ DE PROTECCIONSALA DE JUICIO
LOS SOLICITANTE
EL FISCAL CAURTA DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. JOSE GREGORIO BEJARANO
LA SECRETARIA
ABG PETRA DEYANIRA MARQUEZ
EXP:Nº3.968.-
AMZ/PDM/vc
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