JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ, SIETE (07) DE JULIO DE DOS MIL CINCO (2005).

195° Y 146°

Revisadas las actas que conforman el presente expediente, y vista la diligencia que antecede formulada por el ciudadano CARLOS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.683.275, de este domicilio, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.188, procediendo en este acto en su carácter de Adjunto a la Sindicatura Municipal del Estado Sucre, este Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, acogiéndose a lo dispuesto en el Artículo 103 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena reponer la presente causa al estado de la notificación del ciudadano Sindico Procurador Municipal del Municipio Sucre del Estado Sucre, en su carácter de Representante de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE, parte demandada en la presente causa, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil cinco (2005). En consecuencia ordena dejar sin efecto los autos de fecha veintidós (22) de febrero de dos mil cinco (2005) y ocho (08) de marzo de dos mil cinco (2005). Líbrese Boleta de Notificación.-
La Juez Prov.

NANCY BLANCO MATAMOROS

La Secretaria,

MARIA RODRIUGUEZ

NBM/Mr/rch
Exp. N° 04-4466.-