REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 22 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-C-2005-000019
ASUNTO: RP11-C-2005-000019


AUTO DE NUEVO CÓMPUTO

Revisada la presente causa signada con el N° RP11-C-2005-000019, seguida al penado, Omar Darío Blanco Hágase Nuevo Computo, del tiempo de la pena que ha cumplido, de conformidad con el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose en la presente causa, el referido penado fue sentenciado a cumplir la pena de Siete (07) Años, Un (01) Mes y Diez (10) Días de Presidio, Por la comisión de los Delito, de Homicidio Calificado en la Ejecución del delito de Robo en Grado de Frustración y porte Ilícito de Arma, que esta detenido desde el día 26-07-2001. Hasta la Presente Fecha, 22-07-2005. Tiene Detenido Tres (03) Años Once (11) Meses y Veintiséis (26) Días lo que sumado al tiempo de redención por el Trabajo y Estudio o sea, Un (01) año, Ocho (08) Meses y Once (11) Días, Resultando un tiempo de pena cumplida de Cinco (05) Años, Ocho (08) Meses y Siete (07) días, faltándole por cumplir, Un (01) Año, Cinco (05) meses y Tres (03) Días que vencerá el Día 25-12-2006. Con relación a las formulas alternativas de cumplimiento de pena: una cuarta (1/4) parte 25-08-2001, un tercio (1/3) parte 28-03-2002 a las 8:00am, las dos, terceras, (2/3) Partes de la pena las cumple en fecha 13-08-2004, a las 04:00pm. las (¾) tres cuartas partes de la pena la cumplen, el 15-03-2005, Las penas establecidas en el artículo 13 del Código Penal como Accesorias a las de presidio que le han sido impuesta son: 1°.- La Interdicción Civil y la Inhabilitación Política durante el tiempo que dure la pena; 2°.- La Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, que vencerá el día 05/10/2008. Hágase las participaciones, y Remítase copia, a la Dirección del Internado Judicial de Carúpano al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia y a la Defensa.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.

ABG. JUAN FIGUEROA RADA
LA SECRETARIA.

ABG. WENDY VALERIO