REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 18 de Julio de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2003-001684
ASUNTO: RP11-S-2003-001684


AUTO DE NUEVO CÓMPUTO


Revisada la presente causa signada con el N° RP11-S-2003-001684, seguida al penado, Joskery José Villarroel, hágase Nuevo Computo, del tiempo de la pena que ha cumplido, de conformidad con el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose en la presente causa, que el referido penado fue sentenciado a cumplir la pena de Tres (03) Años y Ocho (08) meses de Presidio, Por la comisión de los Delito, de Robo Simple y Agavillamiento, que esta detenido desde el día 22-09-2003, hasta la Presente Fecha, 18-07-2005, tiene detenido Un (01) Año, Nueve (09) Meses y Veintiséis (26) Días, lo que sumado al tiempo de redención por el Trabajo y Estudio o sea, Diez (10) Meses, Nueve (09) Días y doce (12) horas, Resultando un tiempo de pena cumplida de Dos (02) Años, Ocho (08) Meses, Cinco (05) Días y Doce (12) horas, faltándole por cumplir, Diez (10) Meses, Veinticuatro (24) Días y Doce (12) horas que vencerá el Día 12-07-2006, a las 12:00m. Con relación a las Formulas Alternativas de cumplimiento de Pena: Una cuarta (1/4) parte 12-10-2003, un Tercio (1/3) de la pena el 20-03-2004, las dos, terceras,(2/3) Partes de la pena las cumple en fecha 22-04-2005, las (3/4) tres cuartas partes de la pena la cumplen, el 12-08-2005 a las 12:00m, Las penas establecidas en el artículo 13 del Código Penal como Accesorias a las de presidio que le han sido impuesta son: 1°.- La Interdicción Civil y la Inhabilitación Política durante el tiempo que dure la pena; 2°.- La Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, que vencerá el día 12-06-2007 a las 12:00m, Hágase las participaciones, y Remítase copia, a la Dirección del Internado Judicial de Carúpano al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia y a la Defensa.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.

ABG. JUAN JOSE FIGUEROA RADA

LA SECRETARIA.

ABG. WENDY VALERIO