REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 18 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000005
ASUNTO: RP11-P-2004-000005


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de la Causa Signada con el N°-RP11-P-2004-000005 EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penado: José Rafael Martínez Titular de la Cedula de Identidad N°-9.942.726. fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) Meses de Prisión mas las accesorias Legales establecidas en el artículos 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el artículo 379, con la agravante del articulo 77, numerales 8° y 9°, ambos del Código Penal, constando en autos que no estuvo detenido Ahora bien en virtud de que la pena Impuesta, al referido Penado, no excede, de Tres (3), Años, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Acuerda Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario-Carúpano, a los Fines que le sea Practicado, Informe, Psico-Social, al Penado, José Rafael Martínez Titular de la Cedula de Identidad N°-9.942.726. Quien Opta, al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena de Conformidad con el Articulo, 494,del Código Orgánico Procesal Penal; Igualmente se Acuerda Oficiar a la División de Antecedente Penales-Caracas, a Objeto de que Remita a la Mayor Brevedad Posible a este Tribunal, la Certificación de Antecedente Penales, correspondiente al Penado, en Cuestión. Notifíquese a las Partes, y .-Háganse las participaciones de Ley.-
El Juez Primero de Ejecución

Abg. Juan José Figueroa Rada

La Secretaria

Abg. Wendy Valerio.