REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 28 de julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-005805
ASUNTO: RP11-S-2004-005805
Visto el escrito interpuesto por la ABG. GABRIELA FLORES, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a MILAGROS COROMOTO SUNIAGA y ALVARO JOSE TOTESAUT CARABALLO, resultando como víctima MILAGROS COROMOTO SUNIAGA y ALVARO JOSE TOTESAUT CARABALLO, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto del proceso, no puede atribuírsele a persona alguna.
Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a MILAGROS COROMOTO SUNIAGA y ALVARO JOSE TOTESAUT CARABALLO, resultando como víctima MILAGROS COROMOTO SUNIAGA y ALVARO JOSE TOTESAUT CARABALLO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia
se ordena notificar a las partes de la presente decisión, remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las respectivas notificaciones.
La Juez Quinta de Control:
Abg. Ysmenia S. Fernández H.
La Secretaria:
Abg. Yolanda García C.
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