REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Cumaná, 14 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000288
ASUNTO : RP01-P-2004-000288

AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 10 de junio de 2.005, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, actuando como Tribunal Mixto, mediante la cual Decretó por consenso ABSOLVER POR UNANIMIDAD a la acusada SILVIA BAUTISTA VALLENILLA, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión comerciante, natural de Catuaro, titular de la cédula de identidad N° 11.590.047 y residenciada en la Calle4 del Caserío Centro Poblado, Municipio Ribero, Estado Sucre, los cargos fiscales por la comisión de del Delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPOCAS, previsto y sancionados en el artículo 34 de la Ley SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS en Perjuicio de la COLECTIVIDAD. En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA, la Ejecución de la sentencia dictada en fecha 10 de junio de 2.005, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio y en consecuencia Ejecútese y Archivase la mencionada Sentencia ABSOLUTORIA de la ciudadana SILVIA BAUTISTA VALLENILLA, identificada anteriormente, a los fines de su Guarda y Custodia y posterior envío al Archivo Judicial. Notifíquese a las Partes.

La Juez Segunda de Ejecución

Abg. Florvidia Perdomo Frontado
El Secretario
Abg. Jesús Milano Savoca