REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 15 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-004964
ASUNTO : RP01-P-2005-004964
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por la Abg. YENNY RAMIREZ ROSALEZ en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Publico del Circuito Judicial Penal de Cumaná Estado Sucre, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el N° RP01-P-2005-004964, seguida en contra de WILMARYS DEL VALLE BERENIL, venezolana, mayor de edad, residenciada en la población de Santa Maria de Cariaco Municipio Ribero del Estado Sucre, y como victima ELCELINA DE JESUS MARVAL FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.519.833, con domicilio en la población de Santa Maria de Cariaco Municipio Ribero del Estado Sucre, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de Cumaná Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de WILMARYS DEL VALLE BERENIL, en virtud de que el hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Conforme a lo establecido en el Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal Notifíquese a las partes. Emitidas las Notificaciones ordenadas, remítase la presente causa al Archivo Central para el fácil acceso de las partes a la misma, y una vez firme la presente decisión, remítase las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad. Cúmplase.
LA JUEZ CUARTA DE CONTROL
Abg. INES MARGARITA GÓMEZ
La Secretaria
Abg. FRANCYS RIVERO