REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 18 de Julio del 2005.
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-000054
ASUNTO : RP01-P-2005-000054


Visto el escrito presentado por la Dra. ELIZABETH BETANCOURT en su carácter de Defensora Pública Penal, del imputado: OMAR JOSE SERRANO SALAZAR en donde le solicita a este Tribunal sean trasladadas las presentaciones de su defendido hasta la Prefectura de Araya, en virtud de que se viene presentando cada Ocho (8) días por ante la Prefectura de Chacopata y en la actualidad no está laborando allí; y su residencia es en la Población del Rincón de la Península de Araya y asimismo solicita se le otorgue un permiso por el lapso de Dos (2) meses aproximadamente para poder embarcarse en labores de pesca que es su medio de subsistencia; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el presente escrito y revisando el sistema computarizado puede observar que el referido imputado ha venido cumpliendo a cabalidad con las presentaciones que le impuso este Tribunal, en fecha: 01-02-05 cuando le acordó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones cada Ocho (8) días por el delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS Previsto y Sancionado en el Artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, aunado a esto el fundamento de la presente solicitud se ampara en el derecho al Trabajo, teniendo este Juzgador la obligación de garantizar su protección por ser un hecho social, por lo que se encuentra ajustada a derecho la solicitud que formula la referida defensa pública, por lo consiguiente, este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda el traslado de las presentaciones del imputado: OMAR JOSE SERRANO Venezolano, mayor de edad, soltero, Portador de la Cédula de Identidad Nro V-14.815.077 y residenciado en el caserío el Rincón del Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre hacia la Prefectura de Araya y se le Acuerda Asimismo Permiso por un lapso de Dos (2) Meses para embarcarse en labores de pesca. Líbrese Boleta de Notificación a la Defensa Pública Penal, Dra. Elizabeth Betancourt, a la Fiscal Undécima del Ministerio Público y al imputado. Líbrese oficio a las Prefecturas de Chacopata y Araya.
El Juez Tercero de Control.
Dr: José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.
Abg: Sonia Alfaro.

1.805-2.005. Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro.