REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 1 de Julio del 2005.
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-005735
ASUNTO : RP01-P-2005-005735
Visto el escrito presentado por la Dra. GILDA L PRADO GUEVARA en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contentivo de solicitud de Desestimación de la Denuncia formulada por la ciudadana: JANETH MARIA CAMPOS en contra del ciudadano: GONZALO PIRELA de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho denunciado no reviste carácter penal; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el presente escrito de solicitud y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Cursa al folio 1 del presente expediente, denuncia formulada por la ciudadana: JANETH MARIA CAMPOS por ante el Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, de fecha: 13-06-05 quién señaló: Resulta ser que el día: Viernes para el día sábado, yo me encontraba en la discoteca subterránea celebrando el cumpleaño de un amigo de nombre: Francisco Gocio, en eso llegó el ciudadano: Gonzalo Pirela quien era novio de una amiga, la cual también se encuentra presente en la discoteca, donde el ciudadano Gonzalo llegó con intensiones de llevarse a la fuerza, en donde mi amiga se puso toda nerviosa cuando vio a su ex novio y nos manifestó que nos retiráramos de la discoteca ya que su ex novio era un loco, posteriormente nos retiramos de la discoteca y nos fuimos para el apartamento de la ciudadana: María quien es otra amiga donde ella también se encontraba con nosotras en la discoteca, una vez en el apartamento el ciudadano Gonzalo ser hizo presente nuevamente buscando a mi amiga Bianca Anderson donde unos amigos tuvieron que salir para el frente del apartamento y decirle al ciudadano que se retirara ya que mi amiga no lo iba recibir,…estando en el apartamento el ciudadano: Gonzalo me llamo diciéndome palabras obscenas y amenazándome de muerte….. “.
SEGUNDO: Ahora bien; al observarse el hecho planteado anteriormente, considera este Tribunal, que de las actuaciones no se desprende ningún elemento que conlleve al animo de este Juzgador a estimar que se está ante la presencia de un hecho punible, solo existe una simple denuncia de unas amenaza que por sí sola no es suficiente para configurar delito alguno, siendo lo ajustado a derecho declarar procedente lo solicitado por la representación fiscal, por no revestir el presente hecho carácter Penal. Y así se declara.
TERCERO: En base a lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda la Desestimación de la Denuncia formulada por la ciudadana: JANETH MARIA CAMPOS Venezolano, de 27 años de edad, Soltero, Titular de la Cédula de Identidad No-13.747.140, residenciado en La Avenida Andrés Bello, casa Api de esta ciudad en contra del ciudadano: GONZALO PIRELA también Vzlo, residenciado en La Urbanización Cumanagoto III, detrás del Hotel Bahía Azul de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre a solicitud de la Fiscal Tercera del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boletas de Notificación a la Fiscal Tercera del Ministerio Público, a la denunciante y al denunciado y remítase las presente actuaciones a la Fiscal Tercera del Ministerio Público, una vez consignadas las respectivas resultas.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg Sonia Alfaro.
1.805-2.005. BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO “.