REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Cumaná, 19 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-S-2002-000590
ASUNTO : RJ01-S-2002-000590

Celebrado como a sido en el día de hoy, diecinueve (19) de julio de dos mil cinco (2005), se constituyó el Juzgado Primero de Control, presidido por la Dra. ANADELIS LEÓN ESPARRAGOZA, acompañado del ABG. LUIS PRIETO, secretario de sala a los fines de celebrar Audiencia oral en la causa No. RJ01-S-2002-000590, seguida al imputado ANTONIO CONCEPCIÓN FIGUERAS ROJAS, se procedió a la verificación de la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presentes, la Fiscal Primero del Ministerio Público, Dra. Gricelda Rocafuerte, el imputado previa notificación del Tribunal, y el defensor público, Dr. Jesús Amaro. Seguidamente se dio inicio al acto
DE LA SOLICITUD DE LA DEFENSA
El defensor, Dr. Jesús Amaro, quien expone: ratifico mi escrito que cursa al folio 50 del expediente, en el cual solicito el cese de la medida de mí defendido y se fije plazo para concluir la investigación. Es todo.


DE LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO
Seguidamente se impuso del precepto constitucional al imputado y se le dio la palabra, quien manifestó no querer declarar.
DE LO ALEGADO POR EL FISCAL
Seguidamente se le concede la palabra a la Fiscal quien expuso: Solicito un plazo de 60 días para presentar el acto conclusivo. Es todo.
DECISIÓN
Seguidamente el Tribunal visto lo expuesto por las partes Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda levantar la medida cautelar otorgada al imputado y fija un plazo de 60 días al Ministerio Público para que presente su acto conclusivo, todo de conformidad con el artículo 313 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo informando sobre el cese de la medida acordada y se ordena libra oficio remitiendo, las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público. Quedan las partes presentes notificadas. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Dra. Anadeli León de Esparragoza




El Secretario
Abg. Luis Prieto