REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO, Y DEL TRANSITO
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 17 de febrero de 2.005.
194° y 145°
N° 0043-2005-I
EXPEDIENTE N° 08050
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES

En virtud de haber sido designada en fecha 17 de Febrero del 2.003, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según Oficio Nro. TPE-03-0236 de fecha 18 de Febrero de 2.003, suscrito por el Dr. IVAN RINCON URDANETA, Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, como Juez Temporal de este Tribunal en sustitución del Dr. ALFREDO RAMON HERRERA SANCHEZ, habiendo sido juramentada por la Dra. CARMEN BELEN GUARATA ALFARO, Juez Rectora del Estado Sucre y tomado posesión de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 28-02-2.003, esta Juzgadora SE AVOCA al conocimiento de la presente Causa.- Y por cuanto el Tribunal observa, que ha transcurrido más de un (1) año desde la última actuación de la parte actora en el presente Procedimiento, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, con los efectos señalados en el Artículo 271 eiusdem.- Se ordena la Notificación de la parte actora, ciudadano ELIO LOPEZ PULIDO, titular de la cédula de identidad N° 5.309.895. Líbrese boleta de notificación.

Publíquese y Regístrese. Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.- Cumaná, 17 de Febrero de 2.005.- Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.- Déjese copia certificada.
LA JUEZ TEMPORAL;

DRA. INGRID C. BARRETO LOZADA

LA SECRETARIA TITULAR;

ABOG. ISMEIDA LUNA DE BONILLO

NOTA: En la misma fecha (17-02-2005), siendo la 12:50 p.m., previo el cumplimiento de las formalidades de ley, se publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR;

ABOG. ISMEIDA LUNA DE BONILLO;

N° 0043-2005-I
EXPEDIENTE N° 08050
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES

ICBL/ iblt.