REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO-SEDE CUMANA

Cumaná, 28 de febrero del 2005
194° y 145°

Vista la solicitud y recaudos anexos que por MEDIDA DE PROTECCION ABRIGO, en forma legal ha sido presentada por ante este Tribunal por el Consejo de Protección del Municipio Bolívar a favor de la niña: Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente de un (1) año y tres meses de edad, y ese Consejo de Protección acordó ser ejecutada la Colocación familiar en el hogar de los ciudadanos: LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA , portador de la cedula de identidad N° 9.276.939 y AURA ELENA ARIAS SERRANO, portadora de la cedula de identidad N° 14.419.171, domiciliados en el sector Capiantar carretera nacional Cumaná Carúpano, estado Sucre y que habiendo transcurrido, más de un mes , establecido como plazo máximo sin que se haya resuelto la incorporación de la niña a su madre. Este tribunal la admite por no ser contaría al orden publico y cualquier disposición expresa de la Ley. En consecuencia este Tribunal acuerda recabar información sobre el asunto contenido en dicha solicitud y ordena la práctica de las siguientes diligencias:

PRIMERO: Se acuerda practicar informe social en el hogar de los ciudadanos: LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA , portador de la cedula de identidad N° 9.276.939 y AURA ELENA ARIAS SERRANO, portadora de la cedula de identidad N° 14.419.171.- Asimismo se acuerda practicar evaluación psiquiátrica a los precitados ciudadanos el día 30 de marzo de 2005, a las 1:45 PM. Se acuerda oficiar al Trabajadora social de este Tribunal, a fin de que realice el informe antes mencionado e igualmente Librese telegrama.-

SEGUNDO: Se acuerda practicar la citación de la ciudadana: ROSA ELVIRA YSASIS CASTAÑEDA, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal al tercer día a que conste en autos su citación a los fines de que exponga lo que crea conveniente en relación a la solicitud de Colocación Familiar. Librese Boleta de Citación.-

TERCERO: Se acuerda la COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL de la niña. Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente de un (1) año y tres meses de edad, en el hogar de los ciudadanos LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA , portador de la cedula de identidad N° 9.276.939 y AURA ELENA ARIAS SERRANO, portadora de la cedula de identidad N° 14.419.171.
CUARTO: Notifíquese a la Representación Fiscal.-

QUINTO. Se acuerda la comparecencia de los ciudadanos LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA , portador de la cedula de identidad N° 9.276.939 y AURA ELENA ARIAS SERRANO, portadora de la cedula de identidad N° 14.419.171 a los fines de que emitan opinión al respecto. Se ordena librar telegrama para que comparezcan por ante este Tribunal 17 de marzo de 2005 a las 10:30 de la mañana
El Juez Provisorio N° 1

Abg. Jhoan Cárdenas Medina La Secretaria (temp)

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria (temp)











Exp. N° TP1-1949-05
JCM.-/neida