REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 1 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000325
ASUNTO: RP11-P-2004-000325


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal Extensión Carúpano del Estado Sucre, mediante Sentencia condenatoria dictada en fecha 22 de Diciembre del año 2.004, en consecuencia EJECUTESE de conformidad con lo establecido en los Artículos 472 ordinales 1° , 475 y 477 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el penado FIDEL GABRIEL GUERRA DIAZ, titular de la Cédula de Identidad N ° V-13.274.416, fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES Prisión más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el Artículo 455 ordinal 4to del Código Penal. Constando en auto que dicho penado estuvo detenido desde el día 27-10-2.004, hasta el día 21-12-2.004, es decir que solo estuvo detenido UN MES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, faltandole por cumplir DOS (2) AÑOS SEIS (6) MESES Y SEIS (6) DÍAS, y como quiera que el penado no ha cumplido la mitad de la pena impuesta dado que el delito atribuido a su persona es el Hurto Calificado, y como quiera que la norma adjetiva penal en su Artículo 480 en concordancia con el Artículo 493, acuerda la inmediata reclusión del penado FIDEL GABRIEL GUERRA DIAZ, al Centro Penitenciario de ésta Ciudad, una vez que sea capturado por el Órgano competente lo cual se acuerda expedir oficio dirigido al Cuerpo de Investigaciones penales Cientificas y Criminalistica de ésta Ciudad, con el objeto de que sea capturado y puesto en el Internado Judicial de esta Ciudad a la Orden de éste Despacho igualmente se acuerda librar oficio dirigido al Director del Internado Judicial para el reingreso del penado a ese Centrol Penitenciario. Líbrese Boletas y oficios notifiquese a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abg. Yolanda Figueroa Lozada
La secretaria
Yllesthey Rincones