REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 10 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000215
ASUNTO: RP11-P-2004-000215
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carupano, de la Causa Signada con el N°-RP11-P-2004-000215.- EJECÚTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penados: Jesus Rafael Gonzalez. fue condenado a cumplir la pena de Diez (10) Meses y Veinte (20) Dias de Prision, mas las accesorias Legales, establecidas en el artículos 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Homicidio Culposo previsto y sancionado en el Articulo 411 del Codigo Penal, constando en autos que esta detenido, desde el día 25-07-04, hasta hoy (10-02-2005), Tiene Seis(6) Meses y Quince (15) Dias, de detención, faltándole por cumplir, Cuatro (4) Meses y Cinco (5) Dias de Prision, que vencerán el día 15-06-2005.- Las Dos terceras (2/3) partes de la pena las cumple el día 28-02-2005.- Las tres Cuartas partes de la pena las cumple en fecha 25-03-2005.- Las penas establecidas en el artículo 16 del Código penal como accesorias a las de Presidio son: 1°) La Inhabilitación Política durante el tiempo de la condena .- 2°) La Sujeción a la vigilancia de la Autoridad, por una Quinta,(1/5) parte del tiempo de la condena, terminada esta, Hasta el día 19-06-2005.- y como quiera que se evidencia en el presente Asunto que el penado se encuentra cumpliendo pena en la Comandancia de policia de Carupano, se Ordena su Reclusion, y Traslado al Internado Judicial de Carupano a los efecto de Cumplir su Condena. Notifíquese a las Partes y Háganse las Participaciones Respectiva.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
ABG. JESUS ARMANDO RIVERA
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA LARRABURE.