REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
T. Penal de Control del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 24 de Febrero de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-001143
ASUNTO: RP11-S-2004-001143
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por la Abg. EUNILDE LÓPEZ, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el RP11-S-2004-001143, seguida en contra de JUAN RAMÓN SALAZAR LYON, por la comisión del delito de PIRATERIA, previsto y sancionado en el artículo 120 dela Ley sobre Derechos del Autor, en perjuicio de WALT DISNEY COMPANY, UNIVERSAL CITY STUDIOS, PARAMAUNT PICTURES CORPORATION Y OTROS, hecho ocurrido en fecha 12-09-95, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3°°, del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, seguida en contra de JUAN RAMÓN SALAZAR LYON, por la comisión del delito de PIRATERIA, previsto y sancionado en el artículo 120 dela Ley sobre Derechos del Autor, en perjuicio de WALT DISNEY COMPANY, UNIVERSAL CITY STUDIOS, PARAMAUNT PICTURES CORPORATION Y OTROS, en virtud de que la acción penal se ha extinguido, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3°, en concordancia con el artículo 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase al Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. LUISA ELENA VARGAS.
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA LARRABURE
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