CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 22 de Febrero de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2002-000392
ASUNTO: RJ11-S-2002-000392


SENTENCIA DECLARANDO DESESTIMACION DE LA ACCION PENAL

Visto el escrito presentado por la Dra. Lovelia Marcano, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, mediante el cual solicita a este Tribunal la Desestimación de la causa, por cuanto del estudio de las actas aprecia que las lesiones culposas sufridas por el ciudadano JUAN GUILARTE, son de carácter leve y que de conformidad con lo establecido en el artículo 422 ordinal 1ero. del Código Penal, son enjuiciables a instancia de parte, por lo que considera que la acción penal no fue promovida conforme a la ley, existiendo un obstáculo para el ejercicio de la acción penal, oponiéndose a la persecución penal de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal penal.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto y de la revisión minuciosa del presente asunto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Desestimación solicitada por la Representación Fiscal, de la causa donde aparece como lesionado el ciudadano JUAN GUILARTE, por lesiones culposas sufridas en accidente de tránsito, en virtud que se determino de la investigación que los hechos objeto del proceso son enjuiciables a instancia de parte agraviada, por lo que la acción no fue promovida conforme a la ley, existiendo un obstáculo legal para el desarrollo del proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda remitir el presente asunto a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a los fines del archivo fiscal, de conformidad con el artículo 302 ejusdem. Notifíquese a las partes.
La Juez Tercero de Control

Dra. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria

Dra. Joanna Rodriguez.