REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 11 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000111
ASUNTO: RP11-P-2004-000111
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO
Verificada Audiencia Peliminar este Tribunal pasa a decidir : "Oído lo manifestado por las partes y revisadas las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Admite totalmente la Acusación Fiscal así como las pruebas promovidas en contra del ciudadano Carlos Félix González Jiménez venezolano, de 30 años de edad, nacido el 16-02-74, casado, de profesión u oficio Pescador, titular de la cédula de identidad N° V- 12.288.959, hijo de Antonio González y de Lina Mercedes de González, y residenciado en Calle Principal, casa sin número, sector Javillar, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre por la comisión del delito de Lesiones Personales Leves previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Bernardo Antonio González Millán. de conformidad con lo establecido en el artículo 333 ordinales 1ero. y 6to. del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso al imputado Carlos Félix González Jiménez plenamente identificado quien deberá cumplir con un régimen de prueba por un lapso de Un Año con las siguientes condiciones: Primero: Presentarse por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada dos meses contados a partir de la presente fecha.- Segundo: No frecuentar a la víctima ni sus familiares.- Seguidamente la Juez cede la palabra al imputado quien manifestó estar de acuerdo con las condiciones impuestas.- Seguidamente la Juez toma la palabra y expone: "El incumplimiento en forma injustificada de las condiciones impuestas traerá como consecuencia la revocación de la Medida de Suspensión del Proceso, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 42, 43, 44,45, 46, del Código Orgánico Procesal Penal.- Líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo.- Es todo.- Terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez Tercero de Control
Dra. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria
Dra. Lissette Caraballo
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