REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Visto el petitorio realizado por el Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. José Alfredo Rodríguez” de Charallave Estado Miranda, donde solicita cómputo de pena actualizado y desglose de los beneficios del interno ciudadano Omar Machado; quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.194.891; este Tribunal, por ser procedente y no contrario a derecho, ACUERDA practicar un nuevo Computo Actualizado de la Pena.
Se observa que el penado Omar Machado, fue condenado a la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de Robo Agravado; el ciudadano en cuestión fue detenido el día 24 – 05 – 1998, hasta el día de 23 – 07 – 2001, hasta el día de hoy 28 – 02 – 2005, tiene cumplida cumplido SEIS (06) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y CUATRO (04) DÍAS, aunado a esto tiene una redención de fecha 30 – 11 – 2000, cursante al folio 180 de la tercera pieza, por un tiempo de UN (01) AÑO Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, para un total de pena cumplida de SIETE (07) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DOS (02) DÍAS, Le falta por cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, pena que se cumpliría el 26 de abril del 2009. Tiene derecho a la Libertad Condicional, el 26 de abril del 2005 y al Confinamiento, el 26 de abril del 2006.
Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
En virtud del presente CÓMPUTO, remítase Copias Certificadas del presente Auto de Nuevo Cómputo de la Pena Actualizado a la del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. José Alfredo Rodríguez” de Charallave Estado Miranda. Notifíquese a las partes. CUMPLASE.
El Juez
Douglas José Rumbos Ruiz
El Secretario,
Jesús Milano