REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Visto el contenido del informe emanado del Centro de Tratamiento Comunitario “F.S. Angulo Ariza” de Maracay Estado Aragua, donde informan a este Tribunal del abandono del Régimen Abierto por parte del penado Julio César Márquez, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.833.914 quien cumplía pena en dicho Centro Comunitario. Es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución, acuerda Librar Boleta de Captura, contra el penado Julio César Márquez, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.833.914 y remitirla a los Cuerpos Policiales, para que procedan a su CAPTURA, CON EL DEBIDO RESPETO A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES y posterior traslado al Internado Judicial de Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Segundo de Ejecución, quien resolverá sobre la revocatoria del beneficio.
Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5, 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, ofíciese a los Cuerpos Policiales, y a la Dirección del Centro de Tratamiento Comunitario “F.S. Angulo Ariza” de Maracay Estado Aragua. Es todo. Cúmplase.
El Juez
El Secretario
Douglas José Rumbos Ruiz
Jesús Milano