REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMUDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

Carúpano, 10 de Enero de 2005
194° y 145°

Vista la diligencia presentada en fecha 20 de Diciembre de 2004, por el abogado CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.874 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, en donde consignó Copia Certificada de Acta de Defunción de la Ciudadana LUISA BELTRANA HERNANDEZ DE MOYA, quien fuera parte actora en la presente causa.- Este Tribunal ordena agregarlo a los autos y verificado como ha sido dicho documento el cual riela al folio 64 de la presente causa, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda suspender la presente causa, hasta tanto conste en autos la citación de los herederos de la demandante, de conformidad con lo previsto en el Artículo 144 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Dr. MIGUEL ANGEL CORDERO.-

LA SECRETARIA,
T.S.U. ODALYS CASTILLO ROJAS.-

EXP N° 4.511
MAC/OCR/ab.-