REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN CARUPANO
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano
Juzgado de Ejecución Sección de Adolescentes
Carúpano, 24 de Enero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: RY11-D-2001-000002
ASUNTO: RY11-D-2001-000002
Sentencia Interlocutoria de Cesación de Medida
Vencido como se encuentra el lapso, para el cumplimiento de la Medida de Semi-Libertad, impuesta al sancionado Omissis, en el Centro Socio Educativo Dr. Agustín Ortiz Rodríguez de esta Ciudad; este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Acuerda la Cesación de la Medida de Semi-libertad que actualmente cumple el sancionado Omissis, de conformidad con lo establecido en el literal "h" del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y por cuanto permanece en el Centro Socio Educativo con sede en esta Ciudad se ordena la correspondiente boleta de egreso, en consecuencia librese el oficio respectivo y notifíquese a las partes.
El Juez de Ejecución
Abg. Sergio Sánchez Díaz
La Secretaria
Abg. Ana Maruja Vasquez