PODER JUDICIAL

T. Penal de Control del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 18 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-005364
ASUNTO: RP11-S-2004-005364


Sentencia Interlocutoria de Sobreseimiento


Visto el escrito presentado por la Abg. Alvaro Herrera , en su carácter de Fiscal de Transisión del Ministerio Público del Estado Sucre, mediante el cual solicita a este Tribunal de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el Numero arriba señalado, seguida al imputado, Santo Genovevo Lopez por la presunta comisión del delito de Violación en Grado de Frustración y Lesiones Leves previsto y sancionado en el articulo 375 en concordancia con el 80 y 418 del codigo penal, en perjuicio de Dominga del Carmen Beumont , hecho ocurrido en fecha 20-06-1997, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de no existir elementos de convición suficientes y serios para el enjuiciamiento del imputado. igualmente la imposibilidad incorporar elementos nuevos a la investigación .

Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR NO HABER BASES PARA SOLICITAR FUNDADAMENTE EL ENJUICIAMIENTO DEL IMPUTADO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión, remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense Notificaciones.
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL,


ABG.Carmen Marisandra Milano EL SECRETARIO,


ABG.Jesús Garcia