REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Control, en fecha 16 de noviembre de 2004, mediante la cual decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa, a favor de los imputados ALEXIS WILFREDO ALMANDOZ SALAZAR venezolanos, titular de la cédula de identidad No. 8.443.190 y residenciado en el tacal, casa S/N, frente a la carretera, Cumaná, Estado Sucre y FELIX EDUARDO CHIRINOS GAMBOA, C.I. No. 5.910.529, residenciado en Cumanacoa, Calle la Linea, casa s/n. por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas; en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, por cuanto no puede atribuirseles el hecho investigado a estos ciudadanos, todo de conformidad con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Se procede a su inmediata ejecución de conformidad con el artículo 479 del Código Organico Procesal Penal, en consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en ejecución de esa sentencia y concluida como está la causa, ordena remitir el presente expediente a la oficina de archivo judicial a los fines legales consiguientes. Es todo, Librese oficio al archivo central de este Circuito Judicial Penal. Cúmplase.

La Juez Segunda de Ejecución

Dra. Marisela Hernández

La Secretaria
Abg. Lourdes Urbaneja