REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Definitivamente Firme como quedó la Sentencia dictada por el suprimido Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 13-06-1997, confirmada por el extinto Juzgado Superior Primero en lo Penal de la misma circunscripción, mediante la cual CONDENÓ al penado OSCAR JOSÉ MARCANO SILVA, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 9.255.977, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por el Delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, folios 11 al 31, primera pieza.
Mediante auto de fecha 20-10-2003, este Tribunal acordó el cumplimiento del beneficio de Libertad Condicional en el Estado Nueva Esparta, beneficio que fuera otorgado en fecha 26 de Diciembre de 2001, estableciéndole en el traslado del penado las condiciones que debía cumplir por espacio de DIEZ (10) MESES de la pena de prisión impuesta cuya ejecución se suspendió. Autos Cursantes a los folios 5 al 6, de la pieza tres.
Ahora bien, la Jefa de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región Nueva Esparta Licenciada Irama Larez Alfonso, encargada de la supervisión y orientación del penado, en el cumplimiento del beneficio que le fue acordado, remitió a este despacho oficio No. 0861-04 de fecha 29-09-04, en el cual informa que el penado OSCAR JOSÉ MARCANO SILVA, titular de la Cédula de Identidad Número 9.255.977, culminó satisfactoriamente el Régimen de Prueba que le fue impuesto en fecha 20-10-2003.
En consecuencia, al verificarse que ya transcurrió satisfactoriamente el lapso del Régimen de Pruebas y existir el informe que indica el cumplimiento favorable del mismo; considera este Tribunal que ha existido CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE PRUEBA impuesto, al penado OSCAR JOSÉ MARCANO SILVA. En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Cumplida y por consecuencia Extinta la Pena Corporal del ciudadano OSCAR JOSÉ MARCANO SILVA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 9.255.977. Y así se decide. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 479, 495, 496, 498 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente y 105 del Código Penal Vigente.- Librese la correspondiente Boleta de Libertad Plena por cuanto cumplió con la totalidad de la pena; Notifíquese a las partes y al penado; Ofíciese a la Unidad Técnica N° 3 de Apoyo al Sistema Penitenciario de Sucre; Remítase las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia; Librese oficios a los Cuerpos Policiales a fin de que sea excluido al pre nombrado ciudadano del Sistema de Personas Requeridas. Envíese Copia Certificada a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia.- Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN

Dr. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
EL SECRETARIO

ABG. ANTONIO BERMÚDEZ
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