REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Cumaná, 24 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000263
ASUNTO : RP01-P-2004-000263

AUTO QUE ACUERDA MANDATO DE CONDUCCIÓN

Vista la solicitud hecha en fecha 10-01-05, por la Fiscal Tercera del Ministerio Público Dra. Gilda Prado Guevara, donde requiere se haga comparacer a la víctima a través de la fuerza pública, para el día y hora fijados para la celebración de la audiencia preliminar. Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta la necesidad de la presencia de la víctima en la Audiencia Preliminar de esta causa, en la que existe la posibilidad de que las partes acojan una de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, a objeto de garantizar tal derecho, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA el Mandato de Conducción solicitado; en tal sentido ordena oficiar al Comandante General de Policía de este ciudad, a fin de solicitarle que LOCALICEN y CONDUZCAN ante este Tribunal el día 04-02-05 a las 8:30 de la mañana, a la víctima ciudadano Jhonatan Eduardo Cabrera Bellorin, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.420.799, venezolano, soltero y residenciado en Parcelamiento Miranda, Sector D, calle El Tejero, Quinta Cocorita, de esta ciudad de Cumana, a fin de que asista a la audiencia preliminar fijada en la presente causa. Notifíquese a las partes la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL

ABG. KARELINA ARENAS RIVERO
EL SECRETARIO

ABG. JORGE ABOU