Se recibe en este Despacho comunicación N° 19-F11D-1C-060-05, de fecha 13 de Enero de 2005, debidamente suscrita por la Abogada EDITH PERDOMO DELGADO, en su condición de Fiscal undécimo del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en la ratifica el contenido de la comunicación N° 19-F11D-1C-084-04, de fecha 10-11-04, con el que solicitó se lleve a cabo la Inspección de la Sustancia decomisada en la causa N° RP01-S-2004-007642 (19-F11D-1C-006-04), seguida a los Imputados AMERICO SEGUNDO PARADA y YEFRI BLADIMIR PARADA CORTEZ, y se exhorte a un Juzgado de Control del Segundo Circuito Judicial, y sea notificado el Fiscal en materia de Droga de esta ciudad.-

Este Tribunal para decidir observa:

Cursa a las actuaciones escrito consignado al proceso por la Fiscal EDITH PERDOMO, de fecha 19-10-2004, en el que señala que la sustancia decomisada en la presente causa se encuentra depositada en la Comandancia de la Guardia Nacional con sede en Carúpano, y efectivamente conforme cursa al folio ciento ocho (108), la referida representante del Ministerio Público, solicita la realización de la inspección a la referida sustancia pidiendo se exhorte a un Juzgado de Control del Segundo Circuito Judicial y así mismo sea notificado el Fiscal en materia de Droga de esa Jurisdicción, en razón de ello, no siendo contrario a derecho el pedimento formulado, este Tribunal acuerda exhortar a un Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a los fines de la practica de la Inspección a la sustancia decomisada en la presente causa distinguida con el N° RP01- P – 2004- 000252, seguida en contra de los imputados AMERICO SEGUNDO PARADA, venezolano, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.025.085, natural de El Vigía, Estado Mérida, comerciante, nacido en fecha 25-11-57, hijo de Américo Flores y María Elena Parada, residenciado en Valencia, Flor Amarillo, Sector Las Palomitas, Calle 2, casa 107, Estado Carabobo, y YENFRI BLADIMIR PARADA CORTEZ, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.606.476, natural de Valera, Estado Trujillo, nacido en fecha 29-02-78, hijo de Américo Parada e Irías Marina Cortez, obrero, soltero, y residenciado en Valencia, Flor Amarillo, Sector Las Palmitas, Calle 2, casa 107, Estado Carabobo, actualmente recluidos en el Internado Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumaná, haciéndosele saber que la sustancia objeto de la Inspección se encuentra ubicada en la Comandancia de la Guardia Nacional con sede en Carúpano, que el Defensor de Confianza de los referidos imputados es el Abogado JUAN JOSE LORENZO ECHEVERRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 74.870, con domicilio procesal en Carrera 3, con calle 4, Edificio Colonial Toto González, planta baja, oficina 001, San Cristóbal, Estado Táchira, Teléfono 0276-343.95.78 y 0414-705-48.58, y a solicitud de la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre con competencia en materia de Drogas, sea notificado para la practica de dicha actuación el Fiscal con competencia de materia de Drogas en esa ciudad de Carúpano.- Líbrese oficio y exhorto.-
La Juez Cuarta de Control


Abg. Rosiris Rodríguez Rodríguez

El Secretario,

Abg. Simón Malavé.