REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO - SEDE CUMANA

Cumaná, 01 de diciembre de 2005
194° Y 145°

Vista la diligencia anterior, presentada por la ciudadana CARMENYULEIDA DIAZ BETANCOURT, asistida de la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública, con competencia en materia de Protección de Niños y Adolescentes, y lo en ella solicitado y dada cuenta al juez de la misma, este Tribunal ordena autorizar a la ciudadana: CARMENYULEIDA DIAZ BETANCOURT, a fin de que retire la totalidad de dinero que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros N° 01-036-0-21093-1 del Banco Industrial de Venezuela a favor de, Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, asimismo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, bajo decisión del Juez Temporal N° 1, se ordena EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, por cuanto no ya no hay más actuaciones que realizar en el mismo. Líbrese oficio.-
EL JUEZ TEMPORAL N° 1
ABOG. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TEMP
ABOG. LUISA MARQUEZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA TEMP
ABOG. LUISA MARQUEZ
EXP TP1-416
JSSR/Neida
Obligación Alimentaria