REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTES DEL PRIMER CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.


Por recibido el presente expediente bajo el N° 0322-05, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Montes del Estado Sucre, Sede Cumanacoa, admítase y désele entrada en el libro respectivo y visto el Convenimiento celebrado entre las partes, ciudadanos YEISA RODRIGUEZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad N° V-14.661.055, con domicilio en el Barrio 5 de Julio, Parroquia Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, parte demandante, y el ciudadano SILFREDO RAFAEL VARGAS, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V-11.829.292, domiciliado en la Segunda Etapa la Granja, Calle Principal, casa N° 44, frente al Tecnológico, Parroquia Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, parte demandado, a petición de ambas partes y voluntariamente, libres de apremio u coacción se llevó a cabo el acto conciliatorio, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 308,312.313 ejusdem en el cual se acuerda lo siguiente: PRIMERO: El ciudadano SILFREDO RAFAEL VARGAS, plenamente identificado en autos y padre de los niños, venezolanos, de nueve (9) y cinco (5) años de edad, respectivamente, propone como monto de la obligación alimentaria la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo), semanales, los cuales serán depositados en una Cuenta de Ahorro, que se aperturará a nombre de los niños y su madre como autorizada en una de las entidades bancarias de la Población de Cumanacoa”.- “Seguidamente toma la palabra la ciudadana YEISA RODRIGUEZ CASTRO, anteriormente identificada y manifiesta estar de acuerdo con la propuesta realizada SEGUNDO: El ciudadano SILFREDO RAFAEL VARGAS, manifiesta que a parte del monto estipulado para el sustento, cubrirá los gastos de vestido, habitación, educación, cultura, asistencia y atención medica, medicinas, recreación y deportes requeridos por los niños y que en la época decembrina le dará un bono navideño que cubra los gastos de dicho periodo, propuesta está aceptada por la ciudadana YEISA RODRIGUEZ CASTRO.- TERCERO: El ciudadano SILFREDO RAFAEL VARGAS, propone que a medida que ocurra alza en los gastos de lo relativo al sustento, y que por su puesto su sueldo o salario aumente, en proporción a esto el aumentará el monto convenido las veces que sea necesario, todo esto a favor de sus hijos, oferta esta consentida por la ciudadana YEISA RODRIGUEZ CASTRO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.- Este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en interés de los niños, imparte su Homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 263 del Código de Procedimiento Civil.-Se ordena aperturar la cuenta de ahorros en el BANCO DEL CARIBE, a nombre de los niños para ser movilizada por la madre donde se depositará el dinero de la Obligación Alimentaria.- Cierrese la presente Causa y Archívese el expediente.
Publíquese, Regístrese déjese copia.
Dada, Firmada y Sellada en el Salón de Despacho del Juzgado del Municipio Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumanacoa, a los Ocho (08) días del mes de Diciembre de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez Temporal,



Dr. Luis Beltrán Campos.

La Secretaria Suplente.



Dra. Luisa Esther Reyes,















Exp. N° 489-05
LBC/leída.